2024年6月10日, 墨西哥经济部发布公告,对原产于中国的金属膜气球(西班牙语:globos de plástico metalizado)作出反倾销日落合并期间复审终裁,决定征收161%的反倾销税。措施自2023年6月8日起生效,有效期为五年。 涉案产品的墨西哥海关税号为9503.00.23和9505.90.99。公告自发布次日起生效。 公告原文可通过以下链接查询: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5729956&fecha=10/06/2024#gsc.tab=0 附件:终裁公告.pdf currentpage=1;

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DIARIO OFICIAL DE LA I FEDERACION ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS No.de edicion del mes:9 Ciudad de Mexico, lunes 10 de junio de 2024 CONTENIDO Secretaria de Gobernacion Secretaria de Hacienda y Credito Publico Secretaria de Economia Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes Secretaria de la Funcion Publica Secretaria de Educacion Publica Secretaria de Salud Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano Centro Federal de Conciliacion y Registro Laboral Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologias Banco de Mexico Instituto Nacional de Estadistica y Geografia Tribunal Federal de Justicia Administrativa Avisos Indice en pagina 261 Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 105 SECRETARIADEECONOMIA RESOLUCION Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revision de oficio de la cuota China, independientemente del pais de procedencia. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaria de Economia RESOLUCION FINAL DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EXAMEN DEVIGENCIAY DELA REVISION DE OFICIO DE LA CUOTA COMPENSATORIA IMPUESTA A LAS IMPORTACIONES DE GLOBOS DE PLASTICO METALIZADO ORIGINARIAS DE LA REPUBLICA POPULAR CHINA,INDEPENDIENTEMENTEDEL PAiS DE Visto para resolver en la etapa final el expediente administrativo E.C.Rev. 07/23 radicado en la Unidad de presente Resolucion de conformidad con los siguientes RESULTANDOS A. Resolucion final de la investigacion antidumping 1. EI 7 de junio de 2018,se publico en el Diario Oficial de la Federacion,en adelante DOF, la “Resolucion final de la investigacion antidumping sobre las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de la Republica Popular China, independientemente del pais de procedencia", en adelante Resolucion Final, mediante la cual la Secretaria determino imponer una cuota compensatoria definitiva de 37.8 dolares de los Estados Unidos de America, en adelante dolares, por kilogramo (kg). B.Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias 2. El 2 de noviembre de 2022, se publico en el DOF el“Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias”, mediante el cual se comunico a los productores nacionales y a cualquier persona que tuviera interes juridico, que las cuotas compensatorias definitivas impuestas a los productoslistados en dicho Aviso se eliminarian a globos de plastico metalizado originarios de la Republica Popular China, en adelante China, objeto del presente procedimiento. C.Manifestacion de interes 3.EI 27 de abril de 2023, Convertidora Industrial, S.A.B.de C.V., en adelante Conver o Productora definitiva impuesta a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de China. D.Resolucion de inicio del examen de vigencia y de la revision de oficio 4.El 7 de junio de 2023, se publico en el DOF la "Resolucion por la que se declara el inicio del independientemente del pais de procedencia", en adelante Resolucion de Inicio, mediante la cual se fijo como periodo de exameny de la revision de oficio el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 y E.Producto objeto de examen y de la revision de oficio 1.Descripcion general 5. El producto objeto de examen y de la revision de oficio se conoce comercialmente como globos de plastico metalizado, globos metalicos o globos metalizados, que son recipientes de material flexible laminado de dos caras, de nylon o poliester, adheridos en todo su perimetro, salvo por donde se inflan, mediante una pelicula de polietileno. Tambien se conocen como foil baloons y, aunque el aluminio no es un insumo para su metalizado. 6. Existen globos con colores no metalicos o mates, pero que siguen el mismo proceso de fabricacion y usan los mismos insumos; a pesar de ello, siguen llamandose comercialmente “globo de plastico", "globos de plastico metalizado" o“globo metalico"y asi se conocen en la industria y en el mercado. 106 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 2.Caracteristicas siguientes: a) estan hechos de materiales flexibles (peliculas de nylon, poliester y polietileno, principalmente); helio; c) muestran costuras y bordes, debido a que pasan por un proceso de laminacion y globeo que consiste en unir las laminaciones de nylon/poliester y polietileno, y cortarlas en la forma deseada para obtener un globo,y d) se cierran mediante una valvula que es parte del mismo globo o, en el caso de los globos pequenos, se sellan con calor despues de inflarlos. 8. El diseno, dimensiones, colores y figuras del producto objeto del presente procedimiento pueden variar entre un globo y otro, su acabado puede ser transparente, metalizado o mate. 3. Tratamiento arancelario traves de las fracciones arancelarias 9503.00.23 con Numero de ldentificacion Comercial (NiCO) 01, y 9505.90.99 NlcO 00 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importacion y de Exportacion, en adelante TlGlE, de conformidad con el "Decreto por el que se expide la Ley de los lmpuestos Generales de Importacion y de Exportacion", en adelante Decreto LIGlE 2022, publicado en el DOF el 7 de junio de 2022; el Acuerdo TlGlE 2020-2022, publicado en el DOF el 14 de julio de 2022; el "Acuerdo por el que se dan a conocer los Numeros de ldentificacion Comercial (NlcO) y sus tablas de correlacion", en adelante Acuerdo NICO 2022, publicado en el DOF el 22 de agosto de 2022, conforme a la evolucion descrita en los puntos 9 a 14 de la Resolucion de Inicio, asi como con el "Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer los Numero de Identificacion Comercial (NlcO) y sus tablas de correlacion”, en adelante Acuerdo que modifica al Acuerdo NICO2022, publicado en el DOF el22 demarzode 2024cuya descripcion es la siguiente: Codificacion arancelariaDescripcion Juguetes, juegos y articulos para recreo o deporte; sus partes y accesorios. Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para munecas o munecos; munecas o munecos; los demas Partida 9503 juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. Triciclos, patinetes, coches de pedal y juguetes similares con ruedas; coches y sillas de ruedas para munecas o munecos; munecas o munecos; los demas Subpartida 9503.00 juguetes; modelos reducidos y modelos similares, para entretenimiento, incluso animados; rompecabezas de cualquier clase. Juguetes inflables, incluso las pelotas de juguete fabricadas exclusivamente de Fraccion 9503.00.23 materias plasticas, excepto lo comprendido en la fraccion arancelaria 9503.00.22. NICO 01 Globosdeplastico metalizado. Articulos para fiestas, carnaval u otras diversiones, incluidos los de magia y Partida 9505 articulos sorpresa. Subpartida 9505.90 -Los demas. Los demas. Fraccion9505.90.99 NICO 00 Los demas. Fuente: Decreto LIGIE 2022,Acuerdo TIGIE 2020-2022,Acuerdo NICO 2022 y Acuerdo que modifica al Acuerdo NICO 2022. 10. La unidad de medida para operaciones comerciales son piezas, cajas, decenas, docenas, millares y juegos; conforme a la TIGlE, es el kg. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 107 11.Conforme al Decreto LIGlE 2022 y el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportacion, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importacion para la region fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de a traves de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TlGlE estan sujetas a un arancel del 15%, pero estan exentas de arancel a la importacion siempre y cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaria. 4.Procesoproductivo 12. Los principales insumos para la fabricacion del producto objeto de examen y de la revision de oficio metalizado), resinas de polietileno, adhesivos y tintas. Las laminaciones pueden ser en dos combinaciones: nylon es utilizado para producir globos con formas distintas a las convencionales, porque es un material mas resistente, y el poliester se utiliza para producir formas convencionales (redondos, corazon, estrella y mismos insumos restantes (adhesivos y tintas). 13.En general, el proceso productivo de los globos de plastico metalizado se describe conforme a lo siguiente: Inicia con la recepcion de las materias primas (peliculas de nylon y de poliester, resinas de a. polietileno, adhesivos y tintas, entre otros) en la zona de almacén. b. Con las resinas de polietileno se crea una pelicula de polietileno mediante un proceso de coextrusion. c. poliester y 50% pelicula de polietileno. La presencia de este ultimo es necesaria porque las peliculas de nylon o poliester no se pueden adherir a si mismas, por lo tanto, la pelicula plastica de polietileno que va en el interior del globo tiene la unica funcion de adherir las dos caras del globo, mientras que la pelicula metalizada se encarga de dar resistencia al mismo. De esta forma, el proceso de manufactura involucra la combinacion de una pelicula de nylon o poliester con una pelicula de polietileno sumamente delgada. d. Una vez que la pelicula laminada esta lista y se cura por unos dias, se continua con el proceso de impresion, que empieza por la creacion de los grabados que contienen los disenos de cada globo; los e. Posteriormente, se pasa al proceso de globeo, en el cual la pelicula impresa se corta con la forma del globo,se sella y, mediante un estricto control de calidad, se prueba que no tenga fisuras que permitan que se salga el helio o aire, segun corresponda. f. Finalmente, se etiqueta y se empaca. 5.Normas 14. Los globos de plastico metalizado deben cumplir con la“Norma Oficial Mexicana NOM-015-SCFl-2007, Informacion comercial-Etiquetado para juguetes", publicada en el DOF el 17 de abril de 2008. 6. Usos y funciones 15. Los principales usos y funciones de los globos de plastico metalizado son para uso decorativo,como juguete de ninos y como medio de expresion social. F.Convocatoria y notificaciones 16. Mediante la Resolucion de Inicio, la Secretaria convoco a las importadoras y exportadoras del producto objeto de examen y de la revision de oficio ya cualquier persona que considerara tener interes juridico en el resultado del procedimiento, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes. 17. La Secretaria notifico el inicio del procedimiento de examen y de la revision de oficio a Conver, a las importadoras y exportadoras de las que tuvo conocimiento, asi como al gobierno de China. 108 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 18. Las partes interesadas que comparecieron en tiempo y forma al presente procedimiento son las siguientes: 1.Productora Nacional Convertidora Industrial, S.A.B. de C.V. Av.Revolucion no.1267,piso 19,oficina A Torre IZA BC, Portal San Angel Col. Los Alpes C.P. 01010, Ciudad de Mexico H.Primer periodo de ofrecimiento de pruebas 19.A solicitud de Conver, la Secretaria le otorgo una prorroga de diez dias habiles para que presentara su respuesta a los formularios oficiales de examen de vigencia y de la revision, asi como los argumentos y pruebas que a su derecho conviniera en el presente procedimiento.EIplazo vencio el 31 de julio de 2023. 20.EI31 de julio de 2023,Conver presento su respuesta a los formularios oficiales de examen de vigencia y de la revision, asi como los argumentos y pruebas que a su derecho convino, los cuales constan en el Resolucion. I. Réplicas 21.En virtud de que no comparecieron contrapartes de la produccion nacional no se presentaron replicas. J. Requerimientos de informacion 1.Prorrogas 22.A solicitud de Conver, la Secretaria le otorgo una prorroga de quince dias habiles, para presentar su respuesta al requerimiento de informacion. El plazo vencio el 28 de septiembre de 2023. 2.Partes a.Productora Nacional formulo el 24 de agosto de 2023 para que, entre otros, atendiera lo siguiente: a. i. presentara la base de importaciones completa obtenida de la Agencia Nacional de Aduanas de Mexico, en adelante ANAM, unicamente para el periodo de examen y de la revision de oficio y para elpaisde origen,con elcriterioutilizado para incluir oexcluir las operaciones identificadas como producto objeto del presente procedimiento; ii. identificara el nivel comercial al que se encuentran las operaciones reportadas en la base de importaciones obtenida de la ANAM; iii.aplicara los ajustes necesarios para llevar el precio de exportacion a nivel ex fabrica, con la metodologia utilizada; iv. acreditara que el ajuste por concepto de flete maritimo corresponde unicamente al transporte del ajuste para el periodo de revision; V. aclarara diversas cuestiones relativas al calculo del ajuste por concepto de flete maritimo, y vi. presentara nuevamente el calculo del precio de exportacion y sus ajustes, con base en su respuesta a las preguntas senaladas en las romanitas anteriores de la presente Resolucion. b. en relacion con el calculo del valor normal y los ajustes que proporciono: presentara referencias del precio de venta de las mercancias identicas o similares a las 1. exportadas a Mexico, que se destinaron al mercado interno del pais de origen durante el periodo de vigencia; asimismo, indicara el nivel comercial en que se encuentran y el tipo de cambio a dolares, considerando que estas referencias deben obtenerse de un estudio de mercado, o bien, de alguna plataforma que realice sus ventas unicamente en el mercado interno de China; Lunes 10de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 109 ii. justificara que dichas referencias de precios constituyen una base razonable para determinar el valor normal y demostrara que los precios derivan de operaciones comerciales normales, y ili. de ser el caso, aplicara los ajustes a cada transaccion y a las referencias de precios, respectivamente, asi como la metodologia empleada para el calculo de cada ajuste. calculara nuevamente el margen de discriminacion de precios, considerando la informacion c. solicitada, descrita en las romanitas anteriores de la presente Resolucion; d.en relacion con los aspectos de dano a la rama de produccion nacional: i. proporcionara la base de importaciones completa, en la que se incluyeran todas las operaciones senaladas en su metodologia de depuracion, consideradas como producto objeto de examen y de la revision de oficio, o no; ii. presentara de manera desagregada las ventas al mercado interno y al mercado externo para el periodo analizado; iii. aclarara diversas cuestiones relativas a sus indicadores economicos y financieros, asi como las proyecciones de estos; iv. proporcionara la metodologia utilizada para estimar las exportaciones de China, a partir de las exportaciones del mundo, y v.presentara la informacion correspondiente a la capacidad instalada y al consumo interno de China durante el periodo analizado. 3. No partes aduanales para que proporcionaran pedimentos de importacion del producto objeto de examen y de la revision de oficio, con sus facturas y documentacion anexa. Los plazos vencieron el 8, 12, 14 y 15 de septiembre de 2023, respectivamente. K.Argumentos y pruebas complementarias 25.El 25 de octubre de 2023, la Secretaria notifico a las partes interesadas que comparecieron en tiempo y forma al procedimiento, la apertura del segundo periodo de ofrecimiento de pruebas del examen de vigencia complementarias que estimaran pertinentes. L.Resolucion preliminar de la revision de oficio 26.El 13 de diciembre de 2023, la Secretaria publico en el DOF la “Resolucion preliminar del procedimiento administrativo de la revision de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de la Republica Popular China, independientemente del pais de procedencia", en adelante Resolucion Preliminar, mediante la cual se determino continuar con el procedimiento de revision de oficio sin modificar la cuota compensatoria senalada en el punto 1 de la presente Resolucion. 27.Mediante la publicacion a que se refiere el punto anterior, la Secretaria notifico la Resolucion convoco para que presentaran los argumentos y las pruebas complementarias que estimaran pertinentes 28.A solicitud de Conver, la Secretaria le otorgo una prorroga de diez dias habiles para que presentara sus argumentos y pruebas complementarias para el examen de vigencia de la cuota compensatoria. El plazo vencio el 5 de enero de 2024. 29.El 5 y 26 de enero de 2024, Conver presento sus argumentos y pruebas complementarias para el examen de vigencia y la revision de oficio, respectivamente, los cuales constan en el expediente administrativo del caso y fueron considerados para la emision de la presente Resolucion. M.Requerimientos de informacion 1. Prorrogas 30.A solicitud de Conver, la Secretaria le otorgo una prorroga de tres dias habiles para que presentara su respuesta al requerimiento de informacion.EIplazo vencio el26 defebrerode 2024. 110 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 2.Partes a. Conver utilizada para el calculo del valor normal, que confirmara que corresponde a precios para consumo en el mercado interno de China, y que las referencias de precios de dicha cotizacion estan dadas en el curso de de la rama de produccion nacional de globos de plastico metalizado para 2023 bajo el supuesto de eliminacion diversos aspectos relativos a las proyecciones presentadas. N.Hechos esenciales 32.El 8 de marzo de 2024, la Secretaria notifico a Conver los hechos esenciales del presente procedimiento, los cuales sirvieron de base para emitir la presente Resolucion, de conformidad con los articulos 6.9 y 11.4 del Acuerdo relativo a la Aplicacion del Articulo VI del Acuerdo General sobre Aranceles esenciales. O. Audiencia publica 33.El 15 de marzo de 2024, se celebro la audiencia publica de este procedimiento, la cual conto con la participacion de Conver, quien tuvo la oportunidad de exponer sus argumentos, segun consta en el acta que se levanto con tal motivo, la cual constituye un documento publico de eficacia probatoria plena, de conformidad con el articulo 46, fraccion I, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA). P.Alegatos 34.EI 25 de marzo de 2024, Conver presento sus alegatos, los cuales constan en el expediente administrativo del caso y fueron considerados para emitir la presente Resolucion. Q. Opinion de la Comision de Comercio Exterior 35. Con fundamento en los articulos 68, ultimo parrafo y 89 F, fraccion Ill, de la Ley de Comercio Exterior (LCE) y 19, fraccion Xl, del Reglamento Interior de la Secretaria de Economia (RlSE),se sometio el proyecto de la presente Resolucion a la opinion de la Comision de Comercio Exterior, que lo considero en su sesion ordinara del 3 de mayo de 2024. El proyecto fue opinado favorablemente por mayoria. CONSIDERANDOS A.Competencia articulos 11.1,11.2,11.3,11.4,12.2 y 12.3 del Acuerdo Antidumping; 16 y 34,fracciones V y XXXll de la Ley OrganicadelaAdministracionPublicaFederal; 5o.fraccion Vlly59fraccion I6768,70y89FdelaLCE 80,83, fraccion I, 99 y 100 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior (RLCE),y 1,2,apartado A fraccion ll, numeral 7, y 19, fracciones I y IV del RISE. B.Legislacion aplicable 37.Para efectos de este procedimiento son aplicables el Acuerdo Antidumping, la LCE, el RLCE,el Codigo Fiscal de la Federacion, el Codigo Federal de Procedimientos Civiles, y la LFPCA; estos tres ultimos de aplicacion supletoria. C.Proteccion de la informacion confidencial 38. La Secretaria no puede revelar publicamente la informacion confidencial que las partes interesadas le presentaron, ni la informacion confidencial que ella misma se allego, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 6.5 del Acuerdo Antidumping,80 de la LCE y 152 y 158 del RLCE. D.Derecho de defensa y debido proceso 39. Las partes interesadas tuvieron amplia oportunidad para presentar toda clase de argumentos, Antidumping, la LCE y el RLCE. La Secretaria las valoro con sujecion a las formalidades esenciales del procedimiento administrativo. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL E.Analisis sobre la continuacion o repeticion del dumping 40. De acuerdo con lo senalado en el punto 26 de la Resolucion de Inicio, los articulos 11.3 del Acuerdo Antidumping, 70, fraccion ll y 70 B de la LCE, establecen que las cuotas compensatorias definitivas se haya iniciado, antes de concluir dicho plazo, un examen de vigencia derivado de la manifestacion de interés de uno o mas productores nacionales. En el presente procedimiento,Conver en su calidad de productora por lo que la Secretaria inicio dicho procedimiento. 41.Asimismo, en los puntos 29 y 30 de la Resolucion de Inicio, se indico que los articulos 11.2 del Acuerdo Antidumping y 68 de la LCE facultan a la Secretaria para examinar, motu proprio, es decir, de oficio, en cualquier tiempo, la necesidad de mantener una cuota compensatoria. En este sentido, la Secretaria senalo que la discriminacionde precios involucrauna conducta dinamica en los precios que podria generar un inferir un cambio en las circunstancias por las que se determino una cuota compensatoria. 42. Al respecto, es importante destacar que durante el periodo de examen y de la revision de oficio se registraron importaciones de globos de plastico metalizado originarios de China, de las cuales se obtuvieron precios, de acuerdo con la informacion reportada por la Productora Nacional y la obtenida por la Secretaria a traves del Sistema de Informacion Comercial de Mexico (SiC-M). Por lo anterior, la Secretaria considera que los precios de las importaciones resultan pertinentes para establecer la necesidad de mantener la cuota compensatoria. y de la revision de oficio. en la informacion y pruebas proporcionadas por la Productora Nacional, en terminos de lo dispuesto por los articulos 6.8 y el Anexo ll del Acuerdo Antidumping, 54,parrafo segundo, y 64, ultimo parrafo,de la LCE. 1. Precio de exportacion correspondiente a las importaciones de mercancia que ingreso al pais a traves de las fracciones arancelarias 9503.00.23 NIcO 00 y 9505.90.99 NIcO 00 de la TlGlE, durante el periodo de examen y de la revision de oficio,la cual depuro conforme a los criterios senalados a continuacion identificar la mercancia, propuso la siguiente metodologia de depuracion: se excluyeron las importaciones cuya clave de documento corresponde a las claves A4 y V1, dado a. que corresponden a importaciones de depositos fiscales y operaciones virtuales, respectivamente; b. se excluyeron las importaciones cuyo pais de origen es Mexico, dado que es mercancia que ya esta de manera duplicada en el Consumo Nacional Aparente (CNA); c. de oficio, como lo son: pelotas, juguetes inflables, articulos de fiesta, articulos de magia, flotadores, salvavidas, montables, pinatas, decoraciones de fiesta, lentes, mascaras, disfraces, pelucas, sombreros, pulseras; ademas de globos hechos de materiales distintos al que utiliza el producto objeto de examen y de la revision de oficio, como son los de latex y de papel; d. se excluyeron operaciones cuya descripcion es“globos", que aun y cuando pudiera ser producto objeto de examen y de la revision de oficio, al no indicar el material no se tiene la certeza de que se trate de dicho producto,y unicamente a las importaciones cuya descripcion contenia los elementos incluidos en el apartado relativo a la definicion del producto de la Resolucion Final,es decir, globos metalicos, globos de plastico,globosdeplastico metalizadoglobos metalizados,globosdealuminioy globosdefol,asi como globos de helio y cinta. 47.Con base en los criterios anteriores, Conver estimo un precio de exportacion promedio ponderado sin ajustar, en dolares por kg, utilizando como base el valor en aduana. 112 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 48. Por su parte, tal como se senalo en el punto 38 de la Resolucion Preliminar, la Secretaria se allego de NICO 00 y 9505.90.99 NlcO 00 de la TlGlE, durante el periodo de examen y de la revision de oficio; con la informacion que proporciono la Productora Nacional, la Secretaria cotejo la descripcion de la mercancia, el valor en dolares y el volumen en kg, entre otros datos, encontrando diferencias en el numero de operaciones de importacion y, por lo tanto, en valor y volumen. 49. Con base en lo descrito anteriormente, la Secretaria calculo el precio de exportacion a partir de las validacion de los pedimentos aduaneros que se da en un marco de intercambio de informacion entre agentes aduanales y la autoridad aduanera, las cuales son revisadas por el Banco de Mexico y, por lo tanto, constituye la mejor informacion disponible. 50. De acuerdo con lo descrito en el punto 40 de la Resolucion Preliminar, la Secretaria replico y acepto la metodologia de depuracion propuesta por Conver, con la salvedad de no tomar en cuenta operaciones cuya descripcion refiere a“globos de plastico”, al constatar que no corresponden al producto objeto de examen y de anterior, identifico en la base del SiC-M las importaciones correspondientes al producto objeto de examen y de la revision de oficio. 51.A fin de contar con mayores elementos de identificacion del producto objeto de examen y de la revision de oficio, la Secretaria requirio a diversos agentes aduanales que proporcionaran los pedimentos de 9505.90.99 NlCO 00 de la TiGlE, durante el periodo de examen y de la revision de oficio. La informacion 52. La Secretaria analizo la informacion proporcionada por los agentes aduanales y determino excluir del calculo del precio de exportacion aquellas operaciones con descripciones distintas al producto objeto de cumplen con las caracteristicas del producto objeto de examen y de la revision de oficio. 53. Asimismo, derivado de la revision de la informacion contenida en los pedimentos, la Secretaria pudo expresadas en pulgadas, las cuales corresponden a 22 tipos de globos especificos. Cabe senalar que, de sin embargo, estas corresponden al producto objeto de examen y de la revision de oficio. 54. Con fundamento en los articulos 39 y 40 del RLCE, la Secretaria calculo un precio de exportacion promedio ponderado para cada tipo de globo, de acuerdo con la medida identificada. Para las operaciones en las que no se pudo identificar la medida, la Secretaria calculo un precio de exportacion promedio ponderado. Ambos calculos fueron obtenidos en dolares por kg. a. Ajustes al precio de exportacion i Fletemaritimo 55.Tal como se indico en el punto 45 de la Resolucion Preliminar, para llevar el precio de exportacion a un nivel ex fabrica, Conver propuso aplicar un ajuste por concepto de flete maritimo, ya que manifesto que el valor utilizado para el calculo del precio de exportacion corresponde al valor en aduana. Asimismo, anadio que el monto por este concepto se obtuvo de la misma base de operaciones de importacion obtenida de la ANAM. era omisa respecto al nivel comercial, la Secretaria requirio a la Productora Nacional para que indicara en que nivel se encontraban las operaciones. En respuesta, indico que el nivel comercial al que se encontraban las operaciones reportadas, en la base de la ANAM, corresponden al termino Costo, Seguro y Flete (ClF, por el acronimo en ingles de Cost, Insurance and Freighf), por lo que, para llevarlo a nivel ex fabrica, aplico la informacion aportada al respecto es la mejor que tuvo razonablemente a su alcance, de conformidad con el articulo 5.2 del Acuerdo Antidumping. del flete en dolares por kg, tomando como base las operaciones mayores a 30o kg de los globos de plastico metalizado durante el periodo de examen y de la revision de oficio, de origen y procedencia de China, mismas 58.Por su parte, la Secretaria observo que el monto por concepto de flete que reporta la base presentada por la Productora Nacional no se refiere al costo especifico del producto objeto de examen y de la revision de oficio, sino al total de las mercancias amparadas en el pedimento. Por lo anterior, requirio a Conver para que Lunes10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 113 el ajuste referido, tal como se senalo en el punto 23, literal a, romanita iv, de la presente Resolucion. se obtuvo de la misma base proporcionada por la ANAM, y ratifico la metodologia de calculo presentada. 60. Conforme a lo descrito en el punto 50 de la Resolucion Preliminar, derivado de la informacion aportada por los agentes aduanales en respuesta a los requerimientos de informacion referidos en el punto 24 de la presenteResolucinlaSecrtariatuvonformacionrealdelatarifaporconceptodefletemarimquese ubica dentro del periodo de examen y de la revision de oficio. 61. La Secretaria calculo el monto del ajuste dividiendo el monto total por concepto de fletes reportado en los pedimentos, entre el volumen total de los mismos, y el resultado obtenido lo multiplico por el volumen de cada operacion identificada como producto objeto de examen y de la revision de oficio.Cabe senalar que el ajuste se aplico de acuerdo con el termino de venta identificado en la informacion proporcionada b. Determinacion 62.Con fundamento en los articulos 2.4 del Acuerdo Antidumping,36 de la LCE, y 53 y 54 del RLCE, la metodologia descrita en los puntos anteriores de la presente Resolucion. 2. Valor normal a.Precios internos 63. Para el calculo de valor normal, de conformidad con los articulos 2.1 del Acuerdo Antidumping y 31 de la LCE, Conver proporciono referencias de precios de las mercancias identicas o similares a las exportadas por China, las cuales obtuvo de la pagina de Internet https://www.alibaba.com. 64. La Productora Nacional indico que Alibaba es una plataforma de comercio electronico reconocida a nivel mundial y una de las principales tiendas en linea en China de venta directa a fabricantes y consumidores constituyen una base razonable para determinar el valor normal, dado que: son precios que corresponden al producto similar al que es objeto de examen y de la revision de a. oficio; b. son productos fabricados en China, y son productos ofrecidos y vendidos al consumidor en China, los cuales reflejan el comportamiento c. del mercado interno de China en el periodo de examen y de la revision de oficio. 65.Como se determino en el punto 55 de la Resolucion Preliminar, la Secretaria no tuvo certeza de que precios en el mercado interno de una fuente distinta a la de Alibaba. obtenida de la pagina de Internet https:/www.1688.com y la otra consistente en una cotizacion obtenida directamente de una empresa china fabricante del producto objeto de examen y de la revision de oficio. Presento capturas de pantalla que contienen las referencias obtenidas de la pagina de Internet https://www.1688.com, asi como la cotizacion emitida por la empresa china. Las referencias de ambas fuentes refieren a 32 tipos de productos clasificados por medidas de distintas pulgadas, de las cuales 16 son comparables a las exportadas a Mexico respuesta al requerimiento provinieran de fuentes confiables; que se tratara del producto objeto de examen y dela revision de oficio; que provinieran de empresas productoras chinas, y que el producto estuviera a la razonablemente tuvo a su alcance, por lo que es pertinente y es la mejor disponible en el expediente administrativo del procedimiento, de conformidad con los articulos 6.8 del Acuerdo Antidumping y 64 de la LCE. 68. Conforme a lo descrito en el punto 59 de la Resolucion Preliminar, la Secretaria busco en Internet a la empresa productora china y corroboro el origen y giro de la empresa de la cual la Productora Nacional obtuvo la cotizacion; de la busqueda observo que, efectivamente, se trata de un fabricante del producto objeto de examen y de la revision de oficio, con domicilio en China, y con mas de treinta anos de experiencia en el sector de globos metalizados. 114 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 comunicaciones mediante las cuales habia solicitado la cotizacion exhibida, para estar en posibilidad de validar las caracteristicas de la informacion solicitada. En su respuesta al requerimiento, la Productora Nacional presento el soporte documental consistente en un correo electronico, en el que se pudo observar el nombre de la empresa, asi como la cotizacion solicitada. 70. Con base en lo descrito anteriormente, la Secretaria considero la informacion de la cotizacion, en la que se conto con informacion de precios por medida, en pulgadas, para las referencias presentadas. 71.Respecto a la informacion obtenida de la pagina de Internet htps://www.1688.com, la Secretaria 72.Afin de calcular los precios obtenidos en la unidad de medida de la TlGlE,kg,para compararlos con el precio de exportacion a Mexico, Conver utilizo un factor de conversion entre el numero de pulgada de cada uno de los globos y su peso en kg. Dicho factor fue aplicado a cada una de las referencias de precios para obtener el precio en dolares por kg. El factor de conversion lo obtuvo de la empresa Convergram Mexico, S. de R.L.de C.V., subsidiaria de la Productora Nacional. 73. Como soporte documental del factor, Conver presento una hoja de calculo en la que se observo el tamano, peso en gramos y el factor utilizado. La Secretaria replico la informacion sin encontrar diferencias. 74. Adicionalmente, en la etapa final del procedimiento se requirio a la Productora Nacional para que demostrara que las referencias de dicha cotizacion se encontraban dadas en el curso de operaciones del valor normal es objetiva, exacta y pertinente, y cumple a cabalidad con el estandar probatorio que debe cumplir conforme al articulo 5.2 del Acuerdo Antidumping. referencias de costos de la materia prima en China y complemento con la informacion de su propia estructura de costos. 76.Con base en lo anterior,indico que obtuvo costos para la tinta flexografica, la resina, asi como el nylon 77.Finalmente, para obtener los demas elementos del costo de fabricacion (costos de mano de obra y lo anterior, obtuvo el costo de fabricacion del producto objeto de examen y de la revision de oficio. Con base en lo anterior, manifesto que los precios de globos de plastico metalizado en el mercado interno son superiores a sus costos de fabricacion. inferir que los precios en el mercado interno estan dados en el curso de operaciones comerciales normales y son validos para calcular el valor normal. 79. Con fundamento en los articulos 2.2 del Acuerdo Antidumping; 31 de la LCE, y 39 del RLCE, la Mexico, tomando como base las fuentes senaladas en el punto 66 de la presente Resolucion. Para las 6 medidas restantes de las que no se conto con referencias de precios en el mercado interno, la Secretaria determino calcular un precio promedio de estas, con base en el total de las referencias de precios obtenidas de ambas fuentes, es decir, un promedio de los 32 tipos de producto. En el caso de aquellas operaciones de exportacion que no pudieron ser identificadas por medida, la Secretaria determino como valor normal la referencia mas alta, esto con la finalidad de no subestimar el calculo del margen de dumping b. Ajustes al valor normal 80. Conver senalo que las referencias de precios internos obtenidas tanto de la empresa china como de la pagina de Internet htps://www.1688.com, fueron obtenidas en septiembre de 2023, por lo que aplico un ajuste por inflacion para llevar los precios al periodo de examen y de la revision de oficio. Detalo que la informacion respecto de los indices inflacionarios de China la obtuvo de la pagina de Internet https://www.inflation.eu, la bancos centrales, institutos locales de estadistica de diversos paises yde organizaciones internacionales. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 115 c.Determinacion 81.De conformidad con los articulos 2.4 del Acuerdo Antidumping; 36 de la LCE, y 58 del RLCE, la Secretaria ajusto el valor normal por conceptode inflacioncon la informacion que proporciono la Productora Nacional. 3. Margen de discriminacion 82.Con base en losarticulos 11.2 del Acuerdo Antidumping,y 54y 64 de laLCE, la Secretaria analizo el el punto 30 de la Resolucion de Inicio y encontro un margen de discriminacion de precios de 222%. 83.Asimismo,confundamentoenlosarticulos6.811.2,11.311.4yAnexolIdelAcuerdoAntiduming discriminacion de precios en las exportaciones a Mexico originarias de China. F.Aspectos sobre la continuacion o repeticion de dano 84. Con fundamento en los articulos 11.3 del Acuerdo Antidumping, y 70, fraccion lI, y 89 F, de la LCE, la Secretaria analizo la informacion que consta en el expediente administrativo, asi como la que ella misma se allego, a fin de determinar si existen elementos para sustentar que la eliminacion de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de China, daria lugar a la continuacion o repeticion del dano a la rama de produccion nacional del producto similar de fabricacion nacional. 85.Para realizar su analisis, la Secretaria considero la informacion del periodo de examen y de la revision de oficio, comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022. Para efectos del analisis de dano se considero la informacion correspondiente al periodo del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2022 y un periodo posterior similar al de examen y de la revision de oficio, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023. Salvo indicacion en contrario, la descripcion de la tendencia de los indicadores economicos durante un ano o periodo determinado se hace respecto al comparable inmediato anterior. 1.Rama de produccion nacional 86. Conver senalo que representa a la rama de produccion nacional. Para sustentarlo, presento una carta la refiere como productora nacional de globos de plastico metalizado 87. La Productora Nacional indico que, durante el periodo de examen y de la revision de oficio, tuvo una participacion del 97% en la produccion nacional total, mientras que el restante 3% corresponde a lnnovacion en Plastico, S.A. de C.V.,en adelante Innovacion en Plastico. Para sustentarlo, presento un estudio de mercado elaborado por la empresa consultora Reliable Source, S.C., del 5 de marzo de 2022 para la informacion de 2021,y del 8 de marzo de 2023 para la informacion de 2022. 88. La Secretaria observo en dicho estudio que la participacion en la produccion nacional de globos de plastico metalizado de las empresas fabricantes fue estimada a partir del resultado de encuestas personales levantadas en 120 puntos de venta de diversas localidades del pais; con esas encuestas, se estimo la Kaleidoscope y Balum. identifico que Conver realizo importaciones del producto objeto de examen y de la revision de oficio; sin 90.De acuerdo con lo dispuesto en los articulos 4.1 y 5.4 del Acuerdo Antidumping; 40 y 50 de la LCE,y 60 y 61 del RLCE, y con base en la informacion que consta en el expediente administrativo, la Secretaria determino que, para efectos del presente procedimiento, la produccion de Conver constituye la rama de produccion nacional, al representar el 97% de la produccion nacional total en el periodo de examen y de la revision de oficio. 2. Mercado internacional 91.La Productora Nacional senalo que no cuenta con informacion especifica de los principales productores y consumidores del producto objeto de examen y de la revision de oficio; no obstante, presento estadisticas de los principales paises importadores y exportadores mundiales de las subpartidas 9503.00 y 92. De acuerdo con la informacion anterior, la Secretaria observo que China es el principal pais exportador de las subpartidas por donde se comercializa el producto objeto de examen y de la revision de oficio; ademas, su participacion se ha incrementado en el mercado mundial al pasar del 68% en 2018 al 75% en 2022 para la 116 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 de las exportaciones chinas es Estados Unidos de America, en adelante Estados Unidos, con una participacion del 39% en el periodo analizado. productos que se exportan a traves de las subpartidas 9503.00 y 9505.90. 3. Mercado nacional 94. Conver indico que la industria nacional de globos de plastico metalizado estuvo constituida durante el periodo de vigencia de la cuota compensatoria por las empresas Conver e Innovacion en Plastico. es todo el pais,y que tiene capacidad para abastecer a todo el territorio nacional; asimismoindico que los canales de distribucion del producto nacional son distribuidores a mayoristas y minoristas, y venta directa a tiendas detallistas. 96. Conver presento un analisis del comportamiento del mercado nacional de globos de plastico importante en el periodo 2018-2019, seguido de periodos de altas y bajas, especialmente en 2020, ano en que ocurrio la contingencia sanitaria causada por el virus SARs-CoV2, y menciono que la aplicacion de la cuota presencia en elmercado mexicano. 97. La Secretaria realizo el analisis del mercado nacional de globos de plastico metalizado, a partir de la informacion relativa a los datos de produccion nacional estimada por Conver, asi como las cifras de 98. De acuerdo con lo anterior, el mercado nacional de globos de plastico metalizado, medido a traves del CNA,calculado como la produccion nacional mas las importaciones, menos las exportaciones, registro un decremento del 40% en el periodo analizado:disminuyo39%en 2019y20% en 2020;crecio 30% en 2021,y en el periodo de examen y de la revision de oficio disminuyo 6%. 99.El volumen de produccion nacional disminuyo 1% en el periodo analizado: decrecio 27% en 2019, aument6 21% en 2020 y 59% en 2021,y disminuy6 30% en 2022. 100. Las importaciones totales registraron un decremento del 28% en el periodo analizado: crecieron 28% efectuaron de 15 paises en el periodo analizado,el principal proveedor fue Estados Unidos,pais que concentro entre el 90% y 95% de las importaciones totales, seguido de China, con una participacion de entre el5%y10% 101. Las exportaciones incrementaron 14% en el periodo analizado: decrecieron 13% en 2019, 102. La Produccion Nacional Orientada al Mercado Interno (PNOMl), calculada como la produccion nacional total menos las exportaciones,decrecio 45% en el periodo analizado: disminuyo 67% en 2019 y 4% en 2020,aumento 36% en 2021y 28% en2022. Mercado nacional de globos de plastico metalizado Porcentajes 28% 32% 50% 51% 45 70% 64% 38 2018 2019 2020 2021 2022 Importaciones otrospaises ■ImportacionesChina Produccion nacional almercado interno Fuente: Elaboracion propia con informacion de la Productora Nacional y del SIC-M. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 117 4.Analisis realy potencial de lasimportaciones chino bajaron de manera importante en el periodo posterior a la aplicacion de la cuota compensatoria; no obstante, mantuvieron su presencia en el mercado mexicano. revision de oficio continuaron realizandose con variaciones importantes en volumenes y precios. El origen se concentro en dos paises, Estados Unidos y China, a diferencia de la investigacion ordinaria, donde el origen de importaciones de globos de plastico fue principalmente China, con una participacion del 57% en el periodo de analisis de dicha investigacion, mientras que en el presente procedimiento su participacion se redujo al 18.5%. dano a la rama de produccion nacional, causado por la continuacion y repeticion de practicas de dumping de los exportadores chinos. 106. Agrego que por las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TlGlE ingresan tambien otros productos que no son objeto del presente procedimiento, por ello, para identificar los volumenes y valores de las importaciones de globos de plastico metalizado, Conver considero la siguiente metodologia a partir de las estadisticasde la base de la ANAM: excluyo las operaciones cuya descripcion del producto es notoriamente distinta a la que es objeto del a. presente procedimiento, tales como: pelotas, juguetes inflables, articulos de fiesta, articulos de magia, flotadores, salvavidas, montables, pinatas, decoraciones de fiesta, lentes, mascaras, disfraces, pelucas, sombreros, y/o pulseras; b. excluyo los globos fabricados de materiales distintos al producto objeto de examen y de la revision de indicar el material de fabricacion, por no brindar mayor certeza; no considero las operaciones que indican como pais de origen Mexico; C. d. excluyo las operaciones destinadas a deposito fiscal, y las operaciones virtuales con claves A4 y V1, y e. considero como producto objeto de examen y de la revision de oficio las operaciones cuya Final, tales como: globos metalicos, globos de plastico metalizado, globos metalizados, globos de aluminio, globos de foil, globos de helio y cinta. 107. Para obtener las importaciones del producto objeto de examen y de la revision de oficio, la Secretaria 9505.90.99 de la TlGlE. Tambien realizo requerimientos de informacion a agentes aduanales, para que proporcionaran pedimentos de importacion, con sus facturas de venta y listas de empaque, correspondientes al periodo analizado. Conver,y considero lo siguiente: a. revision de oficio y las operaciones destinadas a deposito fiscal con clave A4, tanto de China como de otros paises; considero las operaciones que registraron pago de cuota compensatoria; b. C. considero aquellas operaciones que del analisis de los pedimentos y facturas correspondian al producto objeto de examen y de la revision de oficio, y producto objeto de examen y de la revision de oficio, al no cumplir con las caracteristicas de este ultimo, por lo que no las considero dentro del volumen analizado; asimismo, tampoco considero caracteristicas del producto objeto de examen y de la revision de oficio. 109. Con base en la informacion descrita, la Secretaria observo que las importaciones totales registraron un decremento del 28% en el periodo analizado: crecieron 28% en 2019, decrecieron 30% en 2020, crecieron 25% en 2021 y decrecieron 36% en 2022 118 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 110. Aun con la aplicacion de la cuota compensatoria, las importaciones de China mantuvieron su presencia en el mercado, aunque con un comportamiento erratico en el periodo analizado. De 2018 a 2022 representar un incremento en 5 puntos porcentuales en el periodo analizado; al pasar de una participacion del 5% en2018 al 10%en 2022. 111. Las importaciones originarias de paises distintos a China decrecieron 32% en el periodo analizado: importaciones totales en el periodo analizado. 112.En terminos del mercado nacional, la Secretaria observo que las importaciones originarias de China incrementaron su participacion en el CNA en 2 puntos porcentuales en el periodo analizado: representaron el 113. La participacion de las importaciones originarias de paises distintos a China en el CNA incremento 114.En relacion con la produccion nacional, las importaciones originarias de China mantuvieron una participacion constante: 1% en 2018, 4%, en 2019 y 1% en 2020, 2021 y 2022. 115. La rama de produccion nacional decrecio su participacion en el CNA en 12 puntos porcentuales en el periodo analizado, al pasar del 61% al 49%: decrecio 34 puntos porcentuales en 2019, incremento 2 puntos 116.Conver estimo que el CNA podria disminuir en la misma tasa respecto al periodo de examen y de la revision de oficio, en un escenario sin cuota compensatoria. A partir de la estimacion de este indicador, supone que la participacion de las importaciones de origen chino,las originarias de otros paises y la PNOMI 117. La Secretaria considero razonable la metodologia propuesta por la Productora Nacional, al considerar que las importaciones objeto de examen y de la revision de oficio podrian alcanzar la participacion en el CNA que se observo en el periodo investigado de la investigacion ordinaria, periodo en el cual se determino la practica desleal; ademas de que, aun con la aplicacion de la cuota compensatoria, las importaciones chinas de globos de plastico metalizado mantuvieron su presencia en el mercado nacional. 118. Con base en lo descrito en el punto anterior, la Secretaria observo que, de eliminarse la cuota compensatoria, las importaciones originarias de China alcanzarian un volumen significativo en 2023, al registrar una participacion en el CNA del 27%. Asimismo, en relacion con la produccion orientada al mercado interno, la participacion de las importaciones chinas seria del 56% 119. De acuerdo con el analisis y los resultados descritos anteriormente, la Secretaria concluyo que, no obstante la aplicacion de la cuota compensatoria, las importaciones chinas de globos de plastico metalizado continuaron su concurrencia en el mercado mexicano durante el periodo analizado. Asimismo, existen elementos suficientes para sustentar que, en caso de eliminarse la cuota compensatoria, se registraria un incremento de las importaciones originarias de China en condiciones de dumping, tal como sucedio en la detrimento de la rama de produccion nacional. 5. Efectos reales y potenciales sobre los precios 120. Conver senalo que durante el periodo de examen y de la revision de oficio continuo el comportamiento discriminador de precios de China en sus exportaciones de globos de plastico metalizado a Mexico y al mercado internacional; lo cual muestra la existencia de elementos suficientes que confirman que de eliminarse la cuota compensatoria se repetiria el dano a la rama de produccion nacional al menos en los niveles observados previo a la aplicacion de esta, por lo que solicito prorrogar la vigencia de la cuota compensatoria por cinco anos mas. constituyen una amenaza latente para la rama de produccion nacional, que no se materializa por la aplicacion de la cuota compensatoria. Lunes10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 119 122. Agrego que los precios de los globos de origen chino han sido variables, pero continuan siendo inferiores a los del principal proveedor, Estados Unidos, y a los precios de la rama de produccion nacional al registrar niveles de subvaloracion importantes en el periodo analizado. La subvaloracion de las importaciones la revision de oficio siguio siendo significativa. 123. Conver manifesto que los precios de venta al mercado interno de la rama de produccion nacional se ubicaron en niveles crecientes y superiores a los registrados en periodos previos a la aplicacion de la cuota compensatoria, mostrando una recuperacion a partir de su aplicacion. Agrego que el incremento de los precios nacionales en el periodo analizado fue del 17.78%. Lo anterior, por la aplicacion de la cuota compensatoria. importaciones originarias de otros paises distintos a China decrecio 25% en el periodo analizado: disminuyo 22% en 2019,aumento 5% en 2020 y 1% en 2021,y decrecio 9% en 2022. analizado crecio 21%:decrecio 51% en 2019,aumento 110% en 2020,decrecio 8% en 2021 y aumento 28% en 2022. 126. La Secretaria comparo el precio de las importaciones de globos de plastico metalizado de origen chino con el precio nacional puesto en planta; al precio de importacion se agrego el arancel y el derecho de tramite aduanero para obtener el mismo nivel comercial. Al respecto, se observo que el precio nacional se ubico por debajo del precio de importacion al registrar margenes de subvaloracion significativos: 48% en 2018, 77% en201956% en2020,58%en2021y46% en2022. 127.El precio de venta al mercado interno, medido en dolares, crecio 18% en el periodo analizado: aumento 13% en 2019 y 9% en 2020,decrecio 5% en 2021 y aumento 1% en 2022. 128. Para estimar el probable precio de importacion al que podrian ingresar las importaciones del producto objeto de examen y de la revision de oficio, la Productora Nacional considero que, en un escenario de que ingresaron a Mexico en el periodo de examen y de la revision de oficio, obligando a los precios nacionales a disminuir para poder competir en el mercado y no ser desplazados completamente. 129. La Secretaria aplico al precio de las importaciones objeto de examen y de la revision de oficio reportadas por el SiC-M la metodologia de proyeccion que presento Conver, y observo que este se ubicaria por debajo del precio nacional con un margen de subvaloracion del 4o%, mientras que el precio nacional al mercado interno disminuiria 10%. 130. Con base en el analisis descrito, la Secretaria determino que existe la probabilidad fundada de que, en caso de eliminarse la cuota compensatoria, los precios de las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de China podrian alcanzar niveles de subvaloracion significativos respecto de los importados. 6. Efectos reales y potenciales sobre la rama de produccion nacional nacional disminuyo como resultado de los cambios en el consumo al final de este, aunque en el periodo de examen y de la revision de oficio se ubico en niveles mayores a los de 2019 y 2020, lo cual pone en una situacion vulnerable a la rama de produccion nacional si se elimina la cuota compensatoria, dado el comportamiento discriminador probado de China 132.Asimismo, Conver senalo que la PNOMl, si bien tuvo una caida en el periodo analizado, se incremento en el periodo de examen y de la revision de oficio, logrando con ello aumentar su participacion en el CNA, lo que no habria podido lograrse sin la aplicacion de la cuota compensatoria a los globos de plastico tanto en el periodo de analisis como en el periodo de examen y de la revision de oficio. analizado como en el periodo de examen y de la revision de oficio. Asimismo, el comportamiento de la masa salarialfue practicamente similar,e indico que los efectos de la produccion y delempleo directo,pese a que la productividad disminuyo en el periodo de examen y de la revision de oficio, logro incrementar en el periodo analizado. 120 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 134. Conver argumento que solo la cuota compensatoria ha compensado las distorsiones del mercado por la practica desleal, y permitio mantener relativamente estables las ventas y obtener utilidades a lo largo del periodo analizado; no obstante, resalto que, ante la eliminacion de la cuota compensatoria a las importaciones de globos de plastico metalizado de China, se registrarian disminuciones en ambos indicadores. analizado a partir de los indicadores economicos y financieros de Conver, correspondientes al producto similar economicosy financieros para 2023,en el escenariode eliminacionde la cuota compensatoria. 136. La Secretaria observo que el volumen de produccion de la rama de produccion nacional disminuyo 1% en el periodo analizado:decrecio 27% en 2019,crecio 21% en 2020 y 59% en 2021, para disminuir 30% en 2022. La PNoMl de la rama de produccion nacional disminuyo 52% en el periodo analizado: decrecio 73% en2019y 15%en 2020,ycrecio 22% en2021y72%en2022 participacion en el CNA del 61% en 2018, 27% en 2019, 28% en 2020, 27% en 2021 y 49% en 2022; lo anterior, significo que en el periodo de examen y de la revision de oficio aumento su participacion en el mercado en 22 puntos porcentuales. 138. Las ventas totales de la rama de produccion nacional crecieron 3% en el periodo analizado: decrecieron 15% en 2019,aumentaron 15% en 2020 y 59% en 2021, y decrecieron 33% en 2022.Cabe aproximadamente el 90% de sus ventas al mercado externo: a. 44% en 2020,para aumentar 27% en 2021y disminuir 11% en 2022,y b. las ventas al mercado externo crecieron 14% en el periodo analizado: decrecieron 13% en 2019, crecieron 24% en 2020y 61% en 2021,y decrecieron 34% en 2022. 139.El empleo de la rama de produccion nacional disminuyo 13% en el periodo analizado: decrecio 11% decrecio 11% en el periodo analizado: disminuyo 1% en 2019 y 18% en 2020, para aumentar 16% en 2021 y disminuir 6% en 2022. 140. La productividad de la rama de produccion nacional, medida como el cociente de la produccion y el empleo, disminuyo 44% en el periodo analizado: decrecio 70% en 2019 y 16% en 2020, se mantuvo constante en 2021y aumento 117% en 2022. decrecieron32%en2019y16%en2020,yaumentaron 2%en2021y14%en2022. 142. La capacidad instalada de la rama de produccion nacional aumento 50% en el periodo analizado: se mantuvo constante en 2019, crecio 15% en 2020 y 30% en 2021, y se mantuvo constante en 2022. La utilizacion de la capacidad instalada disminuyo 26 puntos porcentuales en el periodo analizado: al pasar de una utilizacion del 77% en 2018,57% en 2019,59% en 2020,73% en 2021 y 51% en 2022. revision de oficio disminuyeron 17%. Durante el periodo analizado, los ingresos por ventas al mercado interno registraron una caida del 55% 144. Los costos de operacion que resultaron de las ventas al mercado interno disminuyeron 63% durante el periodo analizado: bajaron 19% en 2019 y 40% en 2020, aumentaron 3% en 2021 y disminuyeron 26% en el periodo de examen y de la revision de oficio. 145. Como resultado del comportamiento de los ingresos y de los costos operativos, la Secretaria observo revision de oficio. analizado; es decir,paso de representar el 5.3% al inicio del periodo analizado al 22.7% alfinal de este.En 2019,el margen operativo disminuyo 2.6 puntos porcentuales, y paso de representar el 5.3% al 2.7%; en 2020, se recupero 8.6 puntos porcentuales y represento el 11.3%; para 2021, aumento nuevamente 2.6 aumento 8.8 puntos porcentuales, para finalizar en 22.7%. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 121 una disminucion del 26% de los costos operativos, lo que resulto en un avance del resultado operativo del 35% y del margen de operacion de 8.8 puntos porcentuales. Mientras tanto, durante el periodo analizado, los ingresos por ventas de la mercancia similar en el mercado nacional disminuyeron 55%, en tanto los costos de una mejora de 17.4 puntos porcentuales, cambiando del 5.3% en 2018 al 22.7% en el periodo de examen y de la revision de oficio. Lo anterior, puede observarse en la siguiente grafica. Estado de costos, ventas y utilidades-ventas al mercado interno de globos de plastico metalizado(2018-2022) Fuente: Elaboracion propia con informacion proporcionada por Conver. 148. En relacion con las variables de rendimiento sobre la inversion en activos (ROA, por el acronimo en ingles de Return of the investment in Assets), flujo de caja y capacidad de reunir capital, de conformidad con lo establecido en los articulos 3.6 del Acuerdo Antidumping y 66 del RLCE, los efectos de las importaciones se de produccion nacional, ya que estos incluyen la produccion del grupo o gama mas restringido de productos que incluyen al producto similar de fabricacion nacional. 149. El rendimiento sobre la inversion de la rama de produccion nacional, calculado a nivel operativo, aumento 1 punto porcentual de 2018 a 2022, pasando del 6.5% en 2018 al 7.5% en 2022. Mientras que, respecto a la contribucion del producto similar al ROA, esta aumento 0.6 puntos porcentuales, pasando del 0.6% al 1.2% de 2018 a 2022. Rendimiento sobre la inversion de la rama de produccion nacional de globos de plastico metalizados (2018-2022) Concepto 2018 2019 2020 2021 2022 Rendimiento sobre la inversion (%) 6.5 6.4 9.9 12.7 7.5 Contribucion del producto similar al 0.6 0.2 0.7 0.8 1.2 ROA(%) Contribucion de otros productos al 6.0 6.2 9.2 11.8 6.3 ROA(%) Fuente: Estados financieros dictaminados de la Productora Nacional. 150.A partir de los estados de flujo de efectivo de la industria nacional, la Secretaria observo que el flujo de caja a nivel operativo disminuyo 7% durante el periodo analizado. recursos financieros necesarios para llevar a cabo su actividad productiva por medio de indices de solvencia, 122 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 indices de solvencia y liquidez de la rama de produccion nacional de globos de plastico metalizado (2018- 2022) indices 2018 2019 2020 2021 2022 Razon de circulante (veces) 1.55 1.39 1.47 1.53 1.44 Prueba de acido (veces) 0.82 0.74 0.89 0.92 0.92 Fuente:Estadosfinancieros de la Productora Nacional. anterior, la Secretaria observo que de 2018 a 2022 la liquidez de la rama de produccion nacional mantuvo niveles adecuados, ya que, en todo el periodo, la razon entre activos circulantes y pasivos a corto plazo fue superior a la unidad. Al realizar un analisis mas estricto y descontar los inventarios (prueba de acido) de la en la capacidad de la rama de produccion nacional para enfrentar sus obligaciones de corto plazo en todo el periodo. respecto del capital contable inferior a 10o% es manejable. En este caso, la Secretaria observo que de 2018 a 2022laramadeproduccionnacionalregistronivelesdeapalancamiento elevadosdurantetodo el periodoPor indices de solvenciay liquidez de la rama de produccion nacional de globos de plastico metalizado (2018-2022) indices 2017 2018 2019 2020 2021 Pasivo total capital 162% 178% 171% 142% 138% contable Pasivo total a activo total 62% 64% 63% 59% 58% Fuente:Estados financieros de la Productora Nacional. 154.Con base en el analisis efectuado en los puntos anteriores, la Secretaria observo que, tanto en el periodo de examen y de la revision de oficio como en el periodo analizado, el volumen de la produccion orientada al mercado interno y las ventas internas registraron un comportamiento decreciente; asimismo, operativos y el margen de operacion registraron una mejora como consecuencia de la disminucion de los costos de operacion, que registro una disminucion a tasas mayores que la disminucion de los ingresos por ventas de la mercancia similar registradas. Por lo anterior, la Secretaria considero que la informacion contribuyo a favorecer la viabilidad financiera de la produccion nacional y de sus resultados operativos. 155. Conver senalo que los efectos que tendria la posible eliminacion de la cuota compensatoria aplicada a las importaciones de globos de plastico metalizado de China sobre la rama de produccion nacional, se apoyo en la proyeccion de las principales variables economicas y financieras de la rama de produccion nacional con importantes efectos negativos en produccion (-2.4%), produccion al mercado interno en terminos absolutos (-21.35%)y en su participacion en el CNA (-11.95 puntos porcentuales), volumenes de ventas totales (-2.4%) y al mercado interno (-35.7%), valor y al mercado interno (-69%), precios nacionales (-51.94%), empleo (-2.4%) y utilizacion de la capacidad instalada (-2.4 puntos porcentuales), asi como utilidades brutas (-26.1%) y operativas (-53%). escenario conservador: el CNA disminuiria a la misma tasa que lo hizo en el periodo de examen y de la revision de oficio a. respecto del periodo inmediato anterior; b. las importaciones de China aumentarian hasta alcanzar la misma participacion que tuvieron en el CNA en el periodo investigado de la investigacion ordinaria; las importaciones totales alcanzarian la participacion que tuvieron en el CNA en la investigacion C. ordinaria, por lo que las importaciones de otros paises las estimo como la diferencia entre las importaciones totales y las de China; niode2024 DIARIO OFICIAL 123 d. el precio de las importaciones de origen chino se mantendria al precio que ingresaron en el periodo de examen y de la revision de oficio sin cuota compensatoria, y actualizado por la inflacion de China, lo que ocasionaria que el precio nacional disminuyera al nivel que se observo en el periodo investigado de la investigacion ordinaria, actualizado por la inflacion de Mexico, a fin de que Conver de examen y dela revision de oficio; la participacion de la produccion orientada al mercado interno, importaciones de China y otros paises e. en el CNA serian iguales a las observadas en la investigacion ordinaria, lo que ocasionaria un efecto en variables como produccion, ventas totales y ventas al mercado interno, y los indicadoresfinancieros se verian afectados por la caida delos volumenes y por el impacto de la reduccion de los precios nacionales. Estos indicadores tambien considerarian el efecto de la inflacion en el periodo proyectado. 157.Respecto de la metodologia de estimacion proporcionada por Conver, la Secretaria considero que es de oficio y el nivel que registraron las importaciones objeto de examen y de la revision de oficio en la investigacion ordinaria. 158. Con base en lo descrito en el punto anterior, la Secretaria replico la metodologia de proyeccion descrita sobre los indicadores de la rama de produccion nacional de globos de plastico metalizado para 2023, y al comparar con los niveles registrados en el periodo de examen y de la revision de oficio, observo que de eliminarse la cuota compensatoria se registrarian afectaciones en los indicadores relevantes de la rama de produccion nacional, entre las cuales destacarian: a. disminucion en las ventas al mercado interno en 26%, disminucion en el volumen de produccion del 2%,la produccion orientada al mercado interno en 15%, empleo 2%, mientras que la capacidad instalada se mantiene constante. En relacion con el consumo nacional interno, la produccion orientada al mercado interno perderia 3 puntos porcentuales. Lo anterior, como consecuencia del efecto que provocaria el ingreso delas importaciones en condiciones de dumping con margenes de subvaloracion del 40%,y los ingresos por ventas del producto similar de fabricacion nacional en el mercado interno serian 34% b. menores, mientras que los costos de operacion serian 27% menores, por lo que el comportamiento combinado de ambas variables se reflejaria en una disminucion del 58% en los resultados operativos, y un retroceso en el margen operativo de 8.4 puntos porcentuales, el cual pasaria del 22.7% en el periodo de examen y de la revision de oficio, al 14.3% en el periodo proyectado, tal como se observa en la siguiente grafica. Estados de costos ventas y utilidades-ventas al mercado intemo de globos de plastico metalizado (2018-2022) y proyeccion (2023) ante eliminacion de cuota compensatoria 124 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 159.Con base en la informacion y pruebas presentadas, asi como en el analisis efectuado descrito en los puntos anteriores, la Secretaria concluyo que el volumen significativo de las importaciones originarias de China, asi como el nivel de precios al que concurririan, constituyen elementos objetivos que permiten establecer la probabilidad fundada de que, ante la eliminacion de la cuota compensatoria, la rama de produccion nacional del producto similar, registraria efectos negativos sobre los indicadores economicos y financieros relevantes, lo que daria lugar a la continuacion o repeticion del dano a la rama de produccion nacional. 7.Potencial exportador de China 160.Conver senalo que dado el potencial que tiene China como mayor productor de globos de plastico metalizado en el mundo, constituye una amenaza latente para la rama de produccion nacional, que no se materializa gracias a la aplicacion de la cuota compensatoria. Indico que existe la probabilidad fundada de que se repita el dano a la rama de produccion nacional de globos de plastico metalizado. 161.Conver agrego que existen razones suficientes para presumir que Mexico sigue siendo un destino importante para las importaciones de globos de plastico metalizado de origen chino, ya que aun con la existencia de la cuota compensatoria, las importaciones del producto objeto de examen y de la revision de oficio ingresaron a Mexico a precios dumping. Por lo anterior, es razonable asumir que, en caso de la eliminacion de la cuota compensatoria, las importaciones continuarian, inclusive a volumenes mas altos, y los proveedores de China que se retiraron del mercado mexicano por incurir en practicas de discriminacion de precios tendrian un incentivo para volver. compensatoria disminuy6 el numero de proveedores chinos, al pasar de 146 en la investigacion ordinaria a 10 en el presente procedimiento. 163. Conver mencion6 que China es el principal pais exportador de las mercancias que se exportan a ademas de que su participacion aumento en el mercado mundial durante el periodo de examen y de la revision de oficio.Asimismo, Conver agreg6 que Mexico figura entre los 5 destinos mas importantes a los que China exporto en 2022. Productora Nacional estimo las exportaciones de origen chino a Mexico en el periodo de examen y de la revision de oficio, como la proporcion de las importaciones totales de globos de plastico metalizado de Mexico 165.A partir de la estimacion de exportaciones de China, Conver senalo que estas representaron mas de 13 veces el tamano del mercado mexicano. Adicional al potencial exportador, la Productora Nacional senalo que estos productos ya cuentancon canales establecidosdecomercializacion en Mexico,los cuales tendrian un incentivo para aumentar la demanda ante la supresion de la cuota compensatoria. 166. La Secretaria considero que, si bien las exportaciones de la UN Comtrade incluyen producto que no es objeto de examen y de la revision de oficio, representan la mejor informacion disponible,y su comportamiento podria considerarse un indicativo sobre el potencial exportador de globos de plastico metalizado de China. 167.Con base en dicha informacion, la Secretaria observo que las exportaciones de China al mundo en la siguiente grafica. Potencialexportador deChina CNAMexico ExportacionesChinaalmundo Fuente: Elaboracion propia con informacion proporcionada por Conver, asi como del SIC-M y de la UN Comtrade. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 125 alentaria un incremento de las exportaciones de China a Mexico, al representar varias veces el mercado nacional. 8.Elementosadicionales 169. La Productora Nacional agrego que existen indicios de que se hayan llevado a cabo importaciones chinas de globos de plastico metalizado evitando el pago de la cuota compensatoria. Al respecto, senalo que ha tomado acciones legales en contra de dicha omision, presentando denuncias ante las autoridades competentes. Agrego que, dado que por las fracciones arancelarias por las que ingresan los globos de plastico metalizado entra una gran diversidad de productos, los importadores declaran unicamente “articulos cuota compensatoria correspondiente. G.Conclusiones 170.Con base en elanalisisde los argumentos y pruebas descritos en los puntos 84a169 dela presente Resolucion, la Secretaria concluyo que existen elementos suficientes para determinar que la eliminacion de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de China daria lugar a la continuacion y repeticion de la practica desleal. Entre los elementos que llevaron a esta conclusion, sin que estos puedan considerarse exhaustivos o limitativos, destacan los siguientes: a. Existen elementos suficientes para determinar que, de eliminarse la cuota compensatoria, continuaria la practica de discriminacion de precios en las exportaciones a Mexico de globos de plastico metalizado de China. b. Las importaciones originarias de China mantuvieron su presencia en el mercado nacional en el periodo analizado; no obstante, en caso de eliminarse la cuota compensatoria, podrian alcanzar el nivel registrado en la investigacion ordinaria, en detrimento de la rama de produccion nacional. Se observo subvaloracion en todo el periodo de analisis de las importaciones originarias de China. C. En el periodo de examen y de la revision de oficio llego a registrar un margen de subvaloracion del 53%. d. El precio de las importaciones potenciales originarias de China podria alcanzar un nivel de subvaloracion respecto del precio nacional del 40%, lo que repercutiria de manera negativa en los precios internos, toda vez que obligaria a la rama de produccion nacional a disminuir su precio en 10%,lo que afectaria sus indicadores y llevaria a un estado vulnerable a la rama de produccion nacional. e. obstante, la informacion financiera muestra que la imposicion de la cuota compensatoria contribuyo a favorecer la viabilidad financiera de la rama de produccion nacional y de sus resultados operativos. ante la eliminacion de la cuota compensatoria, las importaciones originarias de este pais podrian aumentar en volumenes significativos, con la consecuente afectacion a los indicadores economicos y financieros de la rama de produccion nacional. Entre las afectaciones mas importantes a la rama de produccion nacional que causaria la eliminacion g. de la cuota compensatoria en el periodo proyectado, respecto de los niveles alcanzados en el periodo de examen y de la revision de oficio, destacan disminuciones del 2% en produccion, 26% en disminuirian 58%,y el margen operativo retrocederia 8.4 puntos porcentuales. 126 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 h. Mexico representa un mercado atractivo para que China destine sus exportaciones de globos de nacional de Mexico. Lo anterior, debido a que China se ubica como el principal exportador de globos de plastico metalizado del mundo. H.Cuota compensatoria 171.Con base en el analisis y los resultados descritos en los puntos 40 a 168 de la presente Resolucion, y conforme a lo establecido en los articulos 11.1 y 11.2 del Acuerdo Antidumping; 67 y 68 de la LCE,y 99 y 100 del RLCE, la Secretaria evaluo la posibilidad de modificar la cuota compensatoria considerando el margen de dumping descrito en el punto 82 de la presente Resolucion, con la finalidad de obtener un monto de cuota compensatoria suficiente para que la rama de produccion nacional tenga condiciones equiparables de competencia en el mercado nacional. 172. Para tal efecto, la Secretaria comparo el precio de importacion de China con el precio de la rama de comportamiento erratico observado en dicho periodo. De lo anterior, se observo que la cuota compensatoria vigente permite a la rama de produccion nacional competir en circunstancias equitativas. una cuota compensatoria ad valorem de 161% a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de China. 174. Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en los articulos 11.1, 11.2, 11.3 y 11.4 del Acuerdo Antidumping; 59, fraccion I, 67, 68, 70 y 89 F de la LCE, asi como 99 y 100 del RLCE, es procedente emitir la siguiente RESOLUCION 175.Se declara concluido el procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revision de oficio de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de China, independientemente del pais de procedencia, que ingresan a traves de las fracciones arancelarias 9503.00.23 y 9505.90.99 de la TIGIE,o por cualquier otra. 176. Se prorroga la vigencia de la cuota compensatoria definitiva en los terminos senalados en el punto 173 de la presente Resolucion por cinco anos mas, contados a partir del 8 de junio de 2023. 177. Compete a la Secretaria de Hacienda y Credito Publico aplicar la cuota compensatoria a que se refiere el punto anterior de la presente Resolucion, en todo el terrtorio nacional. 178.De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 66 de la LCE, los importadores que conforme a esta Resolucion deban pagar la cuota compensatoria definitiva, no estaran obligados a su pago si comprueban que el pais de origen de la mercancia es distinto a China. La comprobacion del origen de la mercancia se hara conforme a lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinacion del pais de (antes Acuerdo por el que se establecen las Normas para la determinacion del pais de origen de las mercancias importadas y las disposiciones para su certificacion, en materia de cuotas compensatorias) organo de difusion. 179.Notifiquese la presente Resolucion a las partes interesadas comparecientes. 180. Comuniquese esta Resolucion a la ANAM y al Servicio de Administracion Tributaria para los efectos legales correspondientes 181.La presente Resolucion entrara en vigor el dia siguiente de su publicacion en el DOF. 182. Archivese como caso total y definitivamente concluido. Sanchez.- Rubrica. de2024 DIARIO OFICIAL 261 INDICE PODER EJECUTIVO SECRETARIADE GOBERNACION Convenio de Coordinacion y Adhesion que celebran la Secretaria de Gobernacion y el Estado de Puebla, quetiene porobjeto elotorgamiento de subsidio para elProyecto AVGM/PUE/AC01/SPDDH/012, que permita dar cumplimiento a la aplicacion de recursos destinados a las acciones de coadyuvancia para las declaratorias de Alerta de Violencia de Genero contra las Mujeres en Estados y Municipios para el ejercicio fiscal 2024. Convenio de Coordinacion y Adhesion que celebran la Secretaria de Gobernacion, a traves de la Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Estado de Veracruz de lgnacio de la Llave y el Instituto Veracruzano de las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado C-2024-035, referente al Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Victimas de Violencia de Genero, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2024. 19 Convenio de Coordinacion y Adhesion que celebran la Secretaria de Gobernacion, a traves de la Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Estado de Chiapas y la Secretaria de lgualdad de Genero, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado R-2024-072, referente al Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Victimas de Violencia de Genero, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2024. 29 Convenio de Coordinacion y Adhesion que celebran la Secretaria de Gobernacion, a traves de la Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Estado de Chiapas y la Secretaria de lgualdad de Genero, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado R-2024-073, referente al Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Victimas de Violencia de Genero, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2024. 39 Convenio de Coordinacion y Adhesion que celebran la Secretaria de Gobernacion, a traves de la Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Estado de Chihuahua y el lnstituto Municipal de las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado R-2024-021, referente al Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Victimas de Violencia de Genero, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2024. 49 Convenio de Coordinacion y Adhesion que celebran la Secretaria de Gobernacion, a traves de la Comision Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el Estado de Chihuahua y el Instituto Chihuahuense de las Mujeres, que tiene por objeto el otorgamiento de subsidio para el Proyecto denominado R-2024-059, referente al Programa de Apoyo para ejercicio fiscal 2024 59 262 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Oficio por el que se dan a conocer las cuotas anual y mensuales que deberan pagar las Nacional Bancaria y de Valores, correspondientes al ejercicio fiscal 2024. 69 Oficio mediante el cual se modifica la autorizacion para organizarse, operar y funcionar como institucion de seguros, otorgada a Compania de Seguros Generales Everest Mexico, S.A. de C.V. 100 Administracion y Avaluos de Bienes Nacionales. 104 SECRETARIADEECONOMIA Resolucion Final del procedimiento administrativo de examen de vigencia y de la revision de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de globos de plastico metalizado originarias de la Republica Popular China, independientemente del pais de procedencia. 105 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA,COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Acuerdo por el que se establecen plazos menores para la expedicion y revalidacion de la licencia federal ferroviaria, tramites que se realizan ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones yTransportes. 127 SECRETARIADE LA FUNCION PUBLICA Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administracion Publica Federal, a las entidades federativas, a municipios, a los entes publicos de unas y otros, asi como Justicia Administrativa, en relacion con la inhabilitacion impuesta por la Direccion General S.A.de C.V.,en el expediente SAN/013/2023. 129 Federal, a las empresas productivas del Estado, asi como a las entidades federativas, municipios y alcaldias de la Ciudad de Mexico, que se declaro la nulidad de la resolucion del cuatro de junio de dos mil veintiuno, emitida en el procedimiento administrativo SPC-001/2021 por los 130 Federal de Justicia Administrativa, para efecto de que se emita nueva resolucion. Lunes 10 de junio de 2024 DIARIO OFICIAL 263 Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administracion Publica y alcaldias de la Ciudad de Mexico, que se declaro la nulidad de la resolucion del cuatro de junio de dos mil veintiuno, emitida en el procedimiento administrativo SPC-oo2/2021 por los magistrados que integran la Primera Sala Regional Norte-Este del Estado de Mexico del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, para efecto de que se emita nueva resolucion. 131 SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA Acuerdo numero 10/o6/24 por el que se establecen los calendarios escolares para el ciclo lectivo normal y demas para la formacion de maestras y maestros de educacion basica. 133 SECRETARIADE SALUD Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Especifico en materia de transferencia de insumos y ministracion de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud publica en las entidades federativas, que celebran la Secretaria de Salud y el Estado de 136 SanLuisPotosi. SECRETARIADEDESARROLLOAGRARIO,TERRITORIAL Y URBANO Convenio Marco de Coordinacion para la distribucion y ejercicio de subsidios de la Vertiente Mejoramiento Integral de Barrios del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, que celebran la Secretaria de Desarrolo Agrario, Terrtorial y Urbano, el Estado de Oaxaca y el Municipio de Asuncion Ixtaltepec. 166 Convenio Marco de Coordinacion para la distribucion y ejercicio de subsidios de la Vertiente Mejoramiento Integral de Barrios del Programa de Mejoramiento Urbano, correspondiente al Estado de Oaxaca y el Municipio de Matias Romero Avendano. 174 Aviso de medicion y deslinde del predio denominado Poligono 1,el cual esta inmerso en la ubicado en el Municipio de Hopelchen, Estado de Campeche. 182 Aviso de medicion y deslinde del predio denominado Poligono 2, el cual esta inmerso en la Reserva de la Biosfera de Calakmul, con una superficie aproximada de 2,910.782 hectareas, 184 Aviso de medicion y deslinde del predio denominado Poligono 3, el cual esta inmerso en la Reserva de la Biosfera de Calakmul, con una superficie aproximada de 823.5866 hectareas, 186 ubicado en el Municipio de Hopelchen, Estado de Campeche. Aviso de medicion y deslinde del predio denominado Poligono 4, el cual esta inmerso en la Reserva de la Biosfera de Calakmul, con una superficie aproximada de 7,106.8892 hectareas, ubicado en el Municipio de Calakmul, Estado de Campeche. 188 264 DIARIO OFICIAL Lunes 10 de junio de 2024 Aviso de medicion y deslinde del predio denominado Poligono 6, el cual esta inmerso en la ubicado en el Municipio de Calakmul, Estado de Campeche. 190 CENTRO FEDERAL DE CONCILIACION Y REGISTRO LABORAL Aviso por el que se informa la reanudacion de actividades en la sede oficial de la Oficina Estatal del Centro Federal de Conciliacion y Registro Laboral en el Estado de Guerrero.... 192 193 BANCO DE MEXICO Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la Republica Mexicana..... 220 220 Tasas de interes interbancarias de equilibrio. 221 Tasa de interes interbancaria de equilibrio de fondeo a un dia habil bancario. Valor de la unidad de inversion. 221 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA indice nacional de precios al consumidor. 222 Suspension de labores en la Sala Regional de Tabasco y Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, por causa de fuerza mayor, con motivo del aviso de suspension de suministro de energia electrica por parte de la Comision Federal de Electricidad. 223 AVISOS Judiciales y generales. 224 DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION ALEJANDRO LoPEz GoNzALEZ, Director General Adjunto Rio Amazonas No. 62, Col. Cuauhtemoc, C.P.06500, Ciudad de Mexico, Secretaria de Gobernacion Tel. 55 5093-3200, donde podra acceder a nuestro menu de servicios Direccion electronica: www.dof.gob.mx Esta edicion consta de 264 paginas